Esta NOM establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sitemas de alcantarillado urbano o municipal con el fin de prevenir y controlar la contaminación de las aguas y bienes nacionales, así como proteger la infraestructura de dichos sistemas, y es de observancia obligatoria para los responsables de dichas descargas. Esta norma no se aplica a la descarga de las aguas residuales domésticas, pluviales, ni a las generadas por lala industria, que sean distintas a las aguas residuales de proceso y conducidas por drenaje separado.
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